Medicamentos genéricos: Resolvemos tus dudas

El mes pasado entró en vigor en España una nueva normativa que obliga a los médicos a prescribir los medicamentos por su principio activo, no por su marca comercial. Te aclaramos las dudas que te pueden surgir al respecto.

La prescripción por principio activo quiere decir que en las recetas médicas, el profesional sanitario debe indicar la sustancia terapéutica que requiere el paciente, no el nombre con el que cada compañía farmacéutica comercializa dicho medicamento. esto implica que cuando vayamos a la farmacia con nuestra receta, el farmacéutico nos dispensará un medicamento de los que estén a menor precio entre los que sean bioequivalentes, es decir, que contengan el mismo principio activo, la misma dosificación y la misma vía de administración.

La intención que se persigue con esta medida es potenciar el consumo de medicamentos genéricos, que son bioequivalentes a los de marca, pero que se venden a un precio inferior, por lo que cuya financiación a través de cada receta médica le cuesta al estado menos dinero. el ahorro aproximado que el sistema nacional de salud prevé gracias a esta nueva fórmula es de unos 2.000 millones de euros anuales.

¿QUÉ SON LOS MEDICAMENTOS GENÉRICOS?

Las compañías farmacéuticas disponen de la patente de los medicamentos que ponen en el mercado durante diez años. Una vez ha vencido el plazo de validez de esa patente, otras compañías pueden comercializar el mismo medicamento en forma de genérico, sometiéndolo a todos los controles que dictan las autoridades sanitarias y garantizando que reúne las mismas condiciones de calidad, seguridad y eficacia que el medicamento original.

Aunque se trate de genéricos, las compañías que los producen lo hacen bajo el nombre de su propio laboratorio, bajo su propia “marca”. Por tanto, paradójicamente existen varias “marcas” de cada medicamento genérico.

PRECIOS IGUALES 

Gracias a que la industria farmacéutica ha bajado el precio de más de 17.000 medicamentos de marca para igualarlos a los precios de sus genéricos correspondientes, habrá numerosos casos en los que el paciente podrá adquirir con su receta un medicamento de marca si lo desea, siempre que esté al menor precio entre los medicamentos bioequivalentes. De este modo, quedará garantizada la continuidad de los tratamientos que el paciente haya iniciado ya.

Ante una receta en la que le han prescrito un principio activo, el farmacéutico debe informar de si existe o no un medicamento de marca al mismo precio.

DE MARCA POR “NECESIDAD” TERAPÉUTICA” 

La variación permitida por la legislación en la efectividad del medicamento genérico respecto al de marca de referencia puede ser desde un 20% de más efectividad hasta un 20% de menos efectividad. En el tratamiento de muchas enfermedades, ese margen de variabilidad es inapreciable. Sin embargo, esta variación sí podría repercutir peligrosamente en la salud de personas afectadas, por ejemplo, por determinados trastornos renales o que han sido trasplantadas de algún órgano, entre otros.

  • En los trasplantados, tomar un medicamento con una efectividad un 20% superior podría acabar provocando una toxicidad que dañara el órgano trasplantado.

  • Por el contrario, tomar un fármaco un 20% menos efectivo significaría dejar el órgano excesivamente desprotegido y que fuera rechazado por el cuerpo. 


Estas personas tienen que seguir tratamientos de estrecho margen terapéutico, en los cuales no se puede permitir que entre el medicamento genérico y el “de marca” exista una variación del 20% en la efectividad.

Por tanto, para evitar riesgos y de forma excepcional, el médico podrá prescribir al paciente el mismo medicamento de marca que haya estado tomando, justificando que existe una necesidad terapéutica, y así lo indicará en la receta, escribiendo literalmente “necesidad terapéutica”. De esta manera, el paciente podrá comprar el medicamento que se le haya prescrito en cualquier farmacia de España.

El farmacéutico solo estará obligado a cambiar el medicamento de marca que figure en la receta y a venderle al paciente el de menor precio si el médico no ha justificado expresamente por escrito la necesidad terapéutica de ese medicamento en concreto.

¿Por qué se distinguen?

En el envase de cualquier medicamento genérico figura:

  1. El nombre de la sustancia de la que está hecho (principio activo): amoxicilina, paracetamol, ácido acetilsalicílico, omeprazol...

  2. El nombre del laboratorio fabricante.

  3. En España aparecen además las siglas “EFG”, que significan “equivalente Farmacéutico Genérico”.

Son más baratos

Según el Ministerio de sanidad, en el precio de los medicamentos genéricos no repercuten los gastos de investigación sobre el principio activo correspondiente, puesto que esa labor ya ha sido desarrollada por los laboratorios que comercializaron dichos fármacos durante los diez años previos.

¿Dudas sobre tus pastillas? Consulta a tu médico

Muchas personas –sobre todo personas mayores con dolencias crónicas– identifican las pastillas que toman para diferentes dolencias por su forma, tamaño y color, o bien por el diseño de la caja. Si su médico ahora les receta medicamentos genéricos en vez de los de marca que tomaban anteriormente, pueden planteárseles muchas dudas y es posible que cometan errores al tomarlos y que dejen de cumplir correctamente sus tratamientos, poniendo en peligro su salud.

Si te ocurre a ti, PLANTÉALE A TUS MÉDICOS TODAS LAS PREGUNTAS NECESARIAS. Tienen la obligación de dejarte perfectamente claro para qué sirve cada medicamento que te han recetado, cómo debes tomarlos y en qué dosis. 

Para saber más

  • Agencia española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS): www.aemps.gob.es
  • Asociación Española de Medicamentos Genéricos (AESEG): www.aeseg.es
  • Fundación Farmaindustria (Asociación Nacional Empresarial de la Industria Farmacéutica): www.farmaindustria.es

 

TELÉFONO DE ATENCIÓN

900 818 779

contacto@clubgentesaludable.com

 


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Apdo. Correos 8106

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